Nueva Ley de Publicidad 2021. Conoce lo más relevante.

Redacción

¿Tienes contrato con una agencia de publicidad? ¡Esto te interesa, evita las sorpresas inesperadas! 

La nueva Ley para la Transparencia, la Prevención y el Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad; la cual entró en vigor el pasado 1 de septiembre de 2021. Tiene como objetivo establecer las bases para aplicar las buenas prácticas en el sector publicitario para regular y transparentar la contratación de anuncios. 

Las agencias de publicidad reciben ingresos por otros conceptos como la reventa de espacios publicitarios tanto de los anunciantes como de los medios publicitarios; lo cual favorece a determinados medios para obtener más ganancias, generando conflictos de interés con los clientes de las agencias publicitarias. 

La Ley reconoce a 3 figuras dentro del proceso publicitario: los medios, anunciante (empresa que requiere la publicidad) y la agencia que ejerce como la parte creativa, diseño y ejecución de las campañas publicitarias. 

El objetivo de la Nueva Ley es cambiar la estructura respecto a la facturación de los medios tradicionales como TV, prensa, radio y digitales como Google, Metaverso (Facebook), LinkedIn entre otros, señalando que los medios de publicidad deben de generar sus facturas directamente al anunciante. 

Anteriormente las agencias compraban los espacios al medio expidiendo la factura para posteriormente revender al anunciante entregando una factura con un costo más elevado. 

Aplicabilidad de la Ley 

La nueva Ley se aplica en contratos, convenios, acuerdos y procedimientos entre las agencias de publicidad y medios como radiodifusoras, medios de telecomunicaciones, fibra óptica, cable o cualquier canal publicitario, si el anuncio es difundido en territorio nacional. 

Se eliminan las comisiones en los medios tradicionales y se establece para los medios digitales como Metaverso y la publicidad de Google ADS, facturar directamente al anunciante. Si se incurre en incumplimiento se aplican multas para los medios y la agencia. 

La agencia de publicidad debe configurar los datos del anunciante para que sea a quien el medio de publicidad le pueda facturar directamente. Es muy importante definir el medio de pago más conveniente; debido a que en el caso de Google es difícil realizar el cambio de pago. 

Queda prohibido para la agencia recibir remuneraciones, comisiones o beneficios por parte de cualquier medio publicitario. Las agencias están obligadas a especificar de forma clara los precios de los anuncios en los contratos; así mismo informar acerca de las relaciones financieras con los medios de publicidad incluyendo las plataformas digitales utilizados en la prestación de los servicios. 

Existe otra opción para que las agencias paguen a los medios publicitarios; sin embargo, la factura será expedida directamente al anunciante. Bajo el concepto de orden del anunciante y bajo un mandato avalado por un contrato de mandato mercantil; se estipula que el anunciante debe fondear a la agencia del dinero para el pago de los medios con las siguientes especificaciones: 

  • El pago debe estar por separado y con un registro contable cuyo ingreso no sea acumulable para efectos fiscales. 
  • En el caso de Google se añade el IVA. Metaverso (Facebook) Instagram, LinkedIn no se añade IVA.
  • La opción de orden del anunciante y bajo mandato se debe especificar a detalle en el contrato. 

Implementar esta modalidad incurre en una doble conciliación bancaria; sin embargo, es importante decidir con la agencia cuál es la forma más viable para ambos. Considera los siguientes lineamientos: 

  • El medio debe generar la factura para el anunciante. 
  • La agencia no debe facturar a los medios.
  • La agencia no debe recibir comisiones, ni beneficios en especie. 

Pensamientos finales: 

Como nueva Ley conlleva un proceso de adaptación y ajuste en la práctica; sin embargo, si trabajas con una agencia de publicidad, contáctanos y revisamos a detalle el contrato para un cabal cumplimiento de la Ley.